ACTUACIÓN DE LA JUEZ DEL CARMEN DE CHUCURÍ GENERARÁ DESPOJO CONTRA FAMILIA CAMPESINA

 

 

 

El señor PEDRO AGUSTÍN CAMACHO y su familia han vivido en el predio “HACIENDA LAS BOCAS” ubicado en el CARMEN DE CHUCURI, desde 1968, ejerciendo la posesión y demás derechos. El inmueble fue adquirido la señora Victoria Camacho, madre del antes mencionado. PEDRO AGUSTÍN CAMACHO y su familia son reconocidos campesinos en la región, desde hace más de 52 años este predio se ha convertido en su medio de vivir. Hoy (5 de abril de 2024), una Juez del Carmen de Chucurí, mediante maniobras ilegales, pretende despojarlos de su finca.

Antecedentes: La familia Sarmiento Gómez no perfeccionaron un contrato de compraventa realizado entre la señora Victoria Camacho con la señora Mercedes Gómez de Sarmiento y otros. Años después pretenden alegar supuestamente la propiedad de un inmueble. Es importante resaltar que nunca han sembrado un árbol, arreglado cercas, o siquiera pagado lo que por ley corresponde por la titularidad del inmueble.

Por lo anterior el señor Pedro Camacho inició un proceso de pertenencia que se surte ante el juzgado promiscuo del circuito de San Vicente de Chucuri- Santander. Este proceso fue admitido y busca la prescripción del inmueble por la posesión ejercida hasta la fecha. Todo trascurría con total normalidad cuando la familia Camacho se enteró hoy (5 de abril) de un proceso civil de restitución de inmueble que se surte con un documento falso que contienen una firma que no corresponden a la del señor Pedro Camacho.

Denunciamos públicamente a la Juez Promiscua Municipal del Carmen de Chucurí CLAUDIA AIMARA GARCIA GUERRERO, por las actuaciones realizadas el día de hoy, con apoyo de la policía nacional, ingresaron al inmueble HACIENDA LAS BOCAS. Desde su de ingreso, la Juez ya anunciaba la entrega provisional del inmueble sin siquiera haber realizado la verificación que la ley establece.

A través de una llamada, el abogado del EJP Miguel Sánchez, solicitó explicación a la Juez GARCÍA sobre el porqué se anunciaba la entrega provisional sin la revisión del inmueble.  La respuesta de la Juez es que el abogado debía leer el artículo 384 numeral 8 del Código General del Proceso, pero eso era precisamente lo que recalcaba el abogado, como se habla de entrega provisional, si no se verificó el estado del inmueble, es decir, si está desocupado, abandonado, en estado de grave de deterioro o que pudiere llegar a sufrirlo, y solo previa revisión podría ser entregado de manera provisional, peor aún, resulta el hecho de que en el acta de audiencia de inspección judicial, con hora de finalización 11:05 am, plasma la Juez que otorgará la entrega provisional ya manifestada desde el inicio de la diligencia y que no era sorpresa para nadie porque “En vista de la situación de deterioro que presenta las edificaciones 1,2,3,4,5,6, que anteriormente fueron relacionadas, se hace necesario conceder el amparo de la medida provisional”.

Lo preocupante y arbitrario de la actuación, es que la Juez jamás verificó el estado de dichos inmuebles, solo se limitó a observar el inmueble del señor PEDRO CAMACHO que tiene 70 años desde su construcción, aun así, decidió suscribir el acta a las 11:05  horas con la afirmación de que todos los inmuebles se encontraba deteriorados, sin desplazarse a los demás para verificar su estado, situación que quedo registrada en varios videos que tomó el señor Fernando Camacho y su hijo, cuando sobre las 11:45 la juez estaba llegando a su vivienda para verificarla, lo impactante del video es que el señor Fernando Camacho tiene el acta suscrita por la juez, donde manifiesta que su casa se encuentra en estado de deterioro, mientras la funcionaria apenas estaba arribando al inmueble para verificarlo.

Con posterioridad y fuera de audios, la Juez GARCÍA GUERRERO manifestó a los demandados que; “les toca que paguen un buen abogado y prepárense psicológicamente” refiriéndose a la pérdida del predio, aun cuando el proceso ni siquiera ha sido notificado al antes mencionado, pero desde ya existe la advertencia es de un fallo en contra de la familia CAMACHO.

Preocupa que antes de terminar la diligencia, se conoció que la Juez autorizaría dejar a una persona como administrador (pero a la familia Camacho jamás le informaron que tenía tal calidad), muestra clara de que efectivamente los demandantes ya tenían conocimiento de esta decisión. Constancia de lo anterior, es que, sin haberse nombrado administrador, en el acta quedó consignado su nombramiento y ya se tenía supuestamente definido por los demandantes quien debía ser.

Por último, la señora juez prohibió grabar la diligencia de inspección judicial al señor Pedro Camacho, como si la anterior se tratara de un evento clandestino de la administración de justicia, además indicó que nadie, podría intervenir; ni los poseedores, tenedores y terceros de buena fe. Se limitó a encarar al adulto mayor, persona que no sabe leer y asustada por las constantes manifestaciones de que perdería su medio de subsistencia.

El Equipo Jurídico Pueblos rechaza estos hechos abiertamente ilegales, constituyéndose una forma de expropiación y despojo. Anunciamos que interpondremos las quejas disciplinarias y denuncias penales contra los despojadores, sus apoderados, y contra la Juez Promiscuo Municipal del Carmen de chucuri CLAUDIA AIMARA GARCIA GUERRERO, que por su actuación irregular no deja duda que la imparcialidad dentro de la actuación está fuertemente cuestionada.

 

EQUIPO JURÍDICO PUEBLOS

Equipo Jurídico Pueblos

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