EL NEGOCIO DE LOS ALMACENES DE EXPENDIO

 

 

 

Por: Carlos Enrique Díaz Hernández
Ex- preso político
karlosy@gmail.com
Publicado originalmente por la Fundación de DDHH con Presos

 

Todos los años, para la temporada de principio de año, sistemáticamente se presenta la misma situación en todos los almacenes expendio de los establecimientos carcelarios y penitenciarios del país. Pese a que el sistema de consignaciones a la PPL, por parte de los familiares inscritos debidamente para ello funciona correctamente, los internos no pueden adquirir los artículos de primera necesidad que se ofrecen habitualmente en los almacenes expendio.

Cuando un interno o un familiar dirige una petición a la dirección del Establecimiento, solicitando información al respecto o quejándose por el desabastecimiento de los almacenes expendio, la respuesta es la misma: Los almacenes están desabastecidos debido al proceso anual de licitación inversa, y hasta que no se complete el procedimiento para normalizar los contratos con los proveedores, habrá desabastecimiento.

Pero veamos. En la práctica, aunque en los registros de los expendios no aparecen los artículos para la venta, en el “mercado negro”, se consigue todo lo necesario, pero al doble o al triple del precio oficial. ¿Por qué? La razón es simple. Los almacenes expendio de los establecimientos carcelarios y penitenciarios son uno de los múltiples negocios ilícitos de los funcionarios corruptos del INPEC, que conciertan con fines de enriquecimiento ilícito e incurren en especulación y acaparamiento dentro de los establecimientos, carcelarios y penitenciarios.

¿Cómo opera el negocio? Los dragoneantes, encargados de la administración de los almacenes expendio, aprovechan un vacío en la reglamentación de la contratación de los proveedores. El dinero para efectuar las compras de los artículos de primera necesidad, está disponible desde los primeros días de cada año y según la norma, el encargado del proyecto productivo expendio (generalmente un uniformado), tiene 25 días para aceptar la propuesta de los distribuidores, después de que éstos han presentado la oferta. Pero la norma, nada dice respecto del tiempo que tienen los proveedores para presentar su propuesta y no obliga a los posibles contratantes externos.

Así las cosas, el encargado del proyecto productivo Expendio, indica a sus proveedores que se abstengan de presentar la propuesta, hasta que les indique. Mientras tanto, él mismo les sigue comprando, “de su bolsillo” o utilizando el presupuesto que ya tiene disponible.

Compra, sobre todo, café, azúcar, cigarrillos y los productos de mayor demanda para venderlos, en el mercado negro, por medio de los internos que descuentan trabajando en el mismo almacén expendio.

Esto se puede realizar, por cuanto el encargado del almacén está autorizado por la dirección del establecimiento, en todo tiempo y sin restricción alguna para ingresar los artículos al establecimiento, es decir, que las bodegas de los almacenes, pueden estar llenas, pero en el sistema no aparece la mercancía, porque fue comprada por el administrador del expendio, sin registro oficial. Esta situación, se presenta hasta marzo, abril o mayo; dependiendo de la paciencia de los PPL.

Por supuesto, los directores de los establecimientos, son conocedores de esta situación y reciben “su parte” en el negocio. Esta situación persiste hasta que los internos empiezan a quejarse demasiado o tienen la fortuna de contar con un Representante de Derechos Humanos que haga la denuncia. Y, al año siguiente se repite, por cuanto el representante de Derechos Humanos, ya no es el mismo y los que reclaman se van desgastando o son trasladados a otro establecimiento, como castigo por su osadía.

Los directores de los establecimientos, año tras año, toleran esta situación y no hacen el respectivo informe para corregir la causa del desabastecimiento, por cuanto se benefician del vacío normativo, en detrimento de la dignidad de la PPL.

Equipo Jurídico Pueblos

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