SENTIDO DE FALLO ABSOLUTORIO A FAVOR DEL PROFESOR CARLOS PARDO POR EL DELITO DE INSTIGACIÓN A DELINQUIR

 

 

El día 21 de marzo del 2023, el Juzgado Segundo Penal Del Circuito Especializado de Bucaramanga – Santander, emitió sentido del fallo de carácter absolutorio dentro del proceso que se seguía contra el profesor CARLOS ALBERTO PARDO GARCÍA, por el delito de  “instigación a delinquir”. Los hechos se remontan a octubre del 2018, cuando supuestamente CARLOS ALBERTO, mediante un video publicado en la red social Facebook, expresó su inconformidad contra los medios hegemónicos, es especial contra los periodistas de RCN Claudia Gurisatti y Luis Carlos Vélez, quienes se constituyeron como victimas en la actuación procesal.

El proceso adquirió una ritmo, no muy común, en la justicia colombiana debido a la relevancia mediática de los querellantes. Agotada la etapa procesal, la juez decidió emitir este sentido del fallo con dos tesis centrales: la primera que el supuesto mensaje emitido por CARLOS ALBERTO no tenía las condiciones necesarias para instigar a delinquir, podría llegar a establecerse como un mensaje de odio reprochable en el ámbito moral, pero que no reúne las caracterizas para enmarcarse dentro de un tipo penal, lo segundo, no pudo establecer a lo largo de la actuación procesal que el acusado fuera autor de dicha conducta, ya que no existía prueba de que este realizó el video, además, no existe prueba alguna sobre el origen y la posibilidad de que García hubiera emitido ese mensaje.

Lo anterior, es solo uno de los múltiples casos en el sistema penal que termina en una sentencia absolutoria, un proceso que desde los inicios no tenía vocación de prosperar. Se utilizó todo el andamiaje de la Fiscalía General de la Nación por la calidad de las víctimas, una muestra clara de que la justicia y el poder acceder a la administración si tiene en cuenta la condición de los sujetos procesales.

 

 

Equipo Jurídico Pueblos

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