¿CAMBIO DE ENFOQUE O RECRUDECIMIENTO DE LA VIOLENCIA ESTATAL EN LAS PRISIONES DE COLOMBIA?

 

 

UN BREVE ANÁLISIS DE LA POLÍTICA DE SEGURIDAD Y EL ENFOQUE CARCELARIO EN EL NUEVO GOBIERNO

 19 de octubre de 2026

Comprender lo que sucede actualmente al interior de las cárceles no puede abordarse sin partir de un análisis de las tensiones políticas que se han presentado, si se quiere, en los últimos 60 años de la historia de Colombia. Sin ánimos de extendernos y partiendo de la dialéctica y la historicidad que amerita el tema, a continuación se abordaran de una manera muy sintética dos momentos (en cuestión de política carcelaria) anteriores al gobierno actual, y que de cierta manera permitirán sustentar la tesis de que si bien la “crisis carcelaria”[1] es un proceso continuado que supera por mucho los 20 años, ABDL (Abelardo De La Espriella) impone una agenda no solo en política pública sino también en la matriz mediática que profundiza gravemente la violación de derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.

Seguridad Democrática, militarización, Estado de Cosas Inconstitucional y populismo punitivo: tres gobiernos un mismo enfoque

Es importante considerar lo siguiente: los gobiernos de Álvaro Urive Vélez, Juan Manuel Santos –“nobel de paz”, artífice de un proceso de pacificación violento- e Iván Duque, aunque en campaña y muy ágilmente vociferaban “diferencias” con sus antecesores, respondieron a un mismo enfoque en cuanto a la política de seguridad: aplicación total de la Doctrina Contrainsurgente promovida por EEUU.

Los tres gobiernos compartieron una lógica de militarización sostenida del orden público interno y la supeditación de la agenda de seguridad a la política antinarcóticos impuesta por el gobierno de norteamérica. Más allá de aparentes “diferencias retóricas” sobre el conflicto armado, Uribe, Santos y Duque emplearon de manera sistemática y violenta a las Fuerzas Militares para el control territorial, asumiendo el narcotráfico y la insurgencia como el «centro de gravedad de todas las amenazas”. Esta visión compartida garantizó que la arquitectura de seguridad del país mantuviera una dependencia inalterable frente a la financiación y doctrina de Washington, consolidando un Estado altamente ofensivo contra organizaciones populares y estudiantiles, colectivos de DDHH, organizaciones campesinas, sindicalistas, etc.

Estos tres gobiernos compartieron una doctrina de seguridad sustentada en la estrategia de «objetivos de alto valor» y acudieron al populismo punitivo. Así pues, de manera recurrente, midieron el éxito operacional en la eliminación física de supuestos insurgentes —dando lugar a ejecuciones extrajudiciales— y en la captura de “máximos cabecillas” de organizaciones armadas y presuntos “colaboradores de la insurgencia”. A la vez que impulsaron reformas legislativas enfocadas en el endurecimiento de penas y la prolongación de la privación de la libertad. Dichas medidas condujeron a la declaratoria del Estado de Cosas Inconstitucional[2] en el 2013, en la que se identificaron las fallas estructurales de la política criminal que aún se mantiene.

En estricta ejecución de las políticas de seguridad y defensa diseñadas en el marco del Plan Colombia, durante el mandato de Alvaro Uribe se avanzó vertiginosamente en la construcción de los Establecimientos de Reclusión del Orden Nacional (ERON), bajo la asesoría del Buró Federal de Prisiones de Estados Unidos; lo que no solo introdujo un nuevo modelo arquitectónico, sino que consolidó una nueva cultura penitenciaria, caracterizada por la implementación de reglamentos draconianos, la ruptura de los lazos familiares y sociales, la profundización del castigo, la militarización de las prisiones y la institucionalización del uso brutal de la fuerza como dispositivo de disciplinamiento, propiciando condiciones y prácticas vulneratorias de los derechos humanos. A la par, las capturas masivas, el aumento de penas y la limitación de subrogados penales aumentaron exponencialmente la población privada de la libertad[3]. 

Durante el gobierno de Santos, la violación sistemática de los derechos humanos en los establecimientos de reclusión se profundizó. En la Sentencia T-388 de 2013, como ya se indicó, la Corte Constitucional declaró el ECI tras constatar una realidad carcelaria atravesada por el hacinamiento masivo, la desatención en salud, las fallas en la prestación de servicios públicos, la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes contra la población reclusa y sus visitas, la alimentación precaria, y los graves obstáculos de acceso a la justicia; cuadro que dio cuenta de la consolidación de un estado de excepción de facto y de la incapacidad institucional para garantizar la dignidad humana tras las rejas. La Corte identificó en su momento que “una de las razones por las cuales el Sistema penitenciario y carcelario se encuentra en un estado de cosas contrario al orden constitucional vigente, es porque se está empleando en demasía el sistema penal”.

Asimismo, en su mandato, Santos impulsó una de las reformas legislativas más severas en materia punitiva: la llamada Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 1453 de 2011). Esta norma fue altamente cuestionada no solo por criminalizar conductas inherentes a la protesta social y aumentar las penas para diversos delitos, sino también por restringir significativamente el acceso a la detención domiciliaria y limitar los beneficios punitivos en casos de captura en flagrancia. En esta misma línea, la Ley 1908 de 2018 amplió el catálogo de delitos e incrementó sustancialmente los términos procesales de investigación y encarcelamiento preventivo para quienes fueran señalados como integrantes de Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos Delictivos Organizados (GDO), consolidando un tratamiento penal diferenciado de excepción. De manera que mantuvo la tendencia a una política criminal reactiva y populista que contribuyó al incremento de la población carcelaria con la consecuente incapacidad institucional de garantizar los derechos humanos al interior de las prisiones, constatada por la Corte Constitucional al momento de declarar el ECI.

Ahora bien, durante este periodo, se promulgó la Ley 1760 de 2015 mediante la cual se elevaron los estándares de exigibilidad para la imposición de la detención preventiva en establecimientos de reclusión. Sin embargo, la aplicación de esta norma no solo fue postergada, sino que se vio matizada por la Ley 1786 de 2016, expedida pocos meses después frente al pánico social provocado por la anunciada salida masiva de personas privadas de la libertad como consecuencia de su entrada en vigencia. Así pues, su alcance resultó limitado debido a la ambivalencia del propio gobierno ante la reducción de la prisión preventiva y de la resistencia de un amplio sector judicial, el cual siguió aplicando la privación de la libertad en centro carcelario como la regla general y no como la excepción procesal

En lo que respecta a la política criminal y penitenciaria, el gobierno de Iván Duque mantuvo una continuidad sustancial con las directrices de sus antecesores. Desde su campaña electoral, apoyado en la consigna «El que la hace, la paga”, promovió una agenda de endurecimiento penal que posteriormente institucionalizó en el desarrollo de la Política de Defensa y Seguridad y bajo la doctrina de la Paz con Legalidad. En este marco, impulsó la Ley de Seguridad Ciudadana (Ley 2197 de 2022), mediante la cual incorporó al Código Penal medidas altamente polémicas: el aumento de la pena máxima a 60 años, la figura de la legítima defensa privilegiada —para justificar el uso de fuerza letal en protección de la propiedad privada—, la creación de nuevos tipos penales y la restricción de subrogados o medidas de excarcelación frente a algunos punibles, como los hurtos cometidos con ocultamiento del rostro.

Asimismo, la vulneración sistemática y masiva de los derechos humanos de la población reclusa persistió durante este periodo de gobierno, haciéndose aún más evidente durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, durante la cual se expuso la desatención estatal no solo en la adopción de medidas de limitado alcance para mitigar el hacinamiento y la propagación del virus; sino en el tratamiento militar impartido a las jornadas de protesta mediante las cuales los reclusos exigieron atención médica y sanitaria. Un hecho emblemático de esta dinámica fue la masacre de 24 personas en la cárcel La Modelo de Bogotá a manos de agentes de la Policía Nacional y del INPEC, evento que evidenció la concepción gubernamental sobre las personas privadas de la libertad: los “no ciudadanos” desprovistos de legitimad para exigir sus derechos, merecedores/as de una “pena de muerte de facto”.

A pesar de los llamados de la Corte Constitucional a implementar una política criminal preventiva y restaurativa, la administración de Duque apoyó iniciativas legislativas centradas en el incremento desmedido penas para delitos de alto impacto (como la cadena perpetua para delitos sexuales y homicidios contra niños/as, posteriormente declarada inexequible por la Corte en la Sentencia C-294 de 2021), manteniendo la tendencia del populismo punitivo. Asimismo, la reticencia del Ejecutivo a sancionar la llamada Ley de utilidad pública para mujeres cabeza de familia en situación de marginalidad puso de manifiesto la persistencia de un enfoque punitivista, el cual priorizó la lógica del encarcelamiento sobre el desarrollo de alternativas de justicia restaurativa con perspectiva de género.

¿Humanización de las prisiones? De la expectativa a las promesas incumplidas

La política carcelaria del gobierno de Gustavo Petro representó, por lo menos en el enfoque, un giro frente a las doctrinas de securitización de las administraciones anteriores, transitando hacia una óptica de la justicia restaurativa y «humanización» del sistema penal. Desde el inicio de su mandato, la directriz del Ministerio de Justicia fue detener la expansión de la infraestructura penitenciaria, —bajo la premisa inicial de no invertir recursos en la construcción de más centros de reclusión— y enfocar el presupuesto estatal en la “resocialización” y la reducción del hacinamiento mediante alternativas a la prisión y la modernización judicial. Este paradigma buscó tratar la criminalidad no solo como un problema de orden público, sino como una falla estructural en la integración social.

En palabras de Martha Lucía Zamora, abogada y ex asesora en Política Criminal del entonces Presidente Petro:

el problema no se resuelve únicamente mejorando la infraestructura o contratando más guardias. La raíz del asunto está en la política criminal del Estado […] se debe analizar qué conductas penales realmente ameritan privación de la libertad, ya que hoy en día hay un exceso de detenciones preventivas […] se debe aplicar un enfoque de justicia restaurativa en la justicia ordinaria, tomando lecciones de la JEP, para delitos menores (como lesiones personales o contra la propiedad), se buscaría una reparación temprana a la víctima y un reconocimiento del daño, evitando así enviar a más personas a prisión de manera innecesaria.[4]

En respuesta a estos lineamientos, la agenda incluyó la Ley de Humanización de la Política Criminal y, de manera más reciente, la promulgación de la Ley 2446 de 2025 sobre «Cárceles Productivas». Esta legislación estableció un marco para “convertir los centros de reclusión en espacios donde el trabajo es el eje de la rehabilitación, impulsando proyectos agrícolas, artesanales e industriales al interior de las prisiones entre 2025 y 2027”[5]. De manera complementaria, la administración de Petro sancionó la Ley 2477 de 2025 para agilizar los procesos penales, buscando, supuestamente, descongestionar un sistema colapsado por el uso excesivo de la prisión preventiva.

Las iniciativas legislativas de Petro enfrentaron una oposición severa sustentada principalmente en la retórica del “riesgo de impunidad”. El proyecto de ley de Humanización de la Política Criminal y Penitenciaria por ejemplo, encontró una una resistencia encarnizada en la Fiscalía General de la Nación, bajo la dirección de Francisco Barbosa, quien posicionó la narrativa de que “la flexibilización de penas y los beneficios carcelarios podrían abrir la puerta para que narcotraficantes y cabecillas de alto impacto evadieran el cumplimiento estricto de sus condenas”. Ante el bloqueo institucional, el Ejecutivo optó por abandonar la iniciativa inicial y reorientó su estrategia, supeditando la transformación radical del sistema penitenciario a la búsqueda de consensos políticos. Si bien estos acuerdos permitieron incorporar algunas modificaciones favorables, no lograron impactar las causas profundas del Estado de Cosas Inconstitucional, afincadas en fallas estructurales de la política criminal reactiva, populista y desprovista de sustento empírico.

En definitiva, aunque el gobierno convalidó algunas demandas sociales dirigidas a superar el Estado de Cosas Inconstitucional, su falta de firmeza impidió concretar cambios de fondo. La prometida «humanización» terminó disolviéndose en una vaga retórica gubernamental y en una promesa incumplida.

“Bienvenido a la Patria Milagro”: la bolsa blanca, la extradición o el “buque cárcel” en la era del “Tigre”

Aunque las iniciativas en materia político-criminal anunciadas por el gobierno de Abelardo De La Espriella (ADLE) en estos primeros meses de gobierno no deberían sorprendernos –pues resultan altamente consistentes con sus promesas de campaña–, sí ameritan un abordaje serio, desde un marco de análisis que nos permita ubicarlas en un contexto político global.

ADLE no surge como un “outsider” o una opción espontánea en un momento de tensión política, este responde, como plan de gobierno, a un proyecto de poder pensado y direccionado por EEUU. Donald Trump ha sido horrorosamente claro en afirmar que su Estrategia de Seguridad Nacional se basa en la aplicación absoluta de la Doctrina Monroe -ahora reinterpretada como la Doctrina Donroe o el Colorario Trump-.

Algunos fragmentos de la Estrategia de Seguridad Nacional de los Estados Unidos son discentes:

[…] Queremos asegurar que el Hemisferio Occidental permanezca razonablemente estable y lo suficientemente bien gobernado como para prevenir y desalentar la migración masiva a los Estados Unidos; queremos un Hemisferio cuyos gobiernos cooperen con nosotros contra narcoterroristas, cárteles y otras organizaciones criminales transnacionales; queremos un Hemisferio que permanezca libre de incursiones extranjeras hostiles o de la propiedad de activos clave, y que apoye las cadenas de suministro críticas; y queremos asegurar nuestro acceso continuo a ubicaciones estratégicas clave. En otras palabras, afirmaremos y haremos cumplir un ‘Corolario de Trump’ a la Doctrina Monroe […]

[…] Después de años de negligencia, los Estados Unidos reafirmarán y harán cumplir la Doctrina Monroe para restaurar la preeminencia estadounidense en el Hemisferio Occidental, y para proteger nuestra patria y nuestro acceso a geografías clave en toda la región […]

[…] Negaremos a los competidores no hemisféricos la capacidad de posicionar fuerzas u otras capacidades amenazantes, o de poseer o controlar activos estratégicamente vitales, en nuestro Hemisferio […]

[…] Despliegues selectivos para asegurar la frontera y derrotar a los cárteles, incluyendo, donde sea necesario, el uso de fuerza letal para reemplazar la fallida estrategia de las últimas décadas basada únicamente en la aplicación de la ley […]

La política internacional del gobierno Trump en América Latina no es más que su intervención directa, ya sea por vía militar (caso secuestro del presidente Nicolas Maduro en Venezuela) o por incidencia política (elecciones presidenciales en Colombia y subsecuente victoria de ADLE), con unos objetivos claros: i) apropiación de hidrocarburos[6]; ii) extracción de minerales críticos[7] como el oro, niquel, cobre, litio y tierras raras, muchos de ellos de aplicación en semiconductores y componentes necesarios en tecnologías de IA[8]; iii) posicionamiento militar estratégico y el reacondicionamiento de fuerzas en medio de una creciente tensión global.

Y es en esta línea en la que el gobierno de ADLE propone (o impone) su modelo de gobierno, y en concreto, su modelo de Política de Seguridad que se basa en la “mano dura” (reencauche de la política de Seguridad Democrática de Uribe) definiendo unas ejes puntuales: i) aplicación de la Doctrina Contrainsurgente bajo el pretexto de contener las cadenas de apoyo logístico a grupos armados, haciendo mayor énfasis en el ELN; ii) Acabar los procesos de paz (de hecho ya bastante maltrechos)  y profundizar la cooperación con EEUU en cuestión de extradiciones y apoyo militar; iii) la “formalización” de los Bloques de Seguridad Urbana (misma estrategia de Alvaro Uribe para la consolidación del paramilitarismo); iv) Impedir la avanzada del “comunismo” a partir de contener la lucha organizada de sectores campesinos, estudiantiles, sindicales, etc. 

El camino trazado por ADLE no es novedoso, pero sí particular y crítico en el entendido que no es simplemente el derroche de una lógica militar, paramilitar e instigadora, sino que parte de algo altamente preocupante: el ascenso y consolidación del Fascismo como práctica social. 

En esta reflexión adquieren particular significación las aportaciones teóricas del sociólogo Daniel Feierstein, sobre el Fascismo como práctica social:

Entendido en tanto práctica social, el fascismo implica la posibilidad de movilización activa de grandes colectivos y su participación —también activa— en la estigmatización, hostigamiento y persecución de grupos de la población (identificados a partir de su origen nacional, su diversidad étnica, lingüística, cultural, socioeconómica, política, religiosa, de género o identidad sexual, etc.). Este conjunto de prácticas sociales se suelen articular en el contexto de frustraciones socioeconómicas que se derivan de las recurrentes crisis del capitalismo y de una brutal redistribución regresiva del ingreso, mucho más pronunciadas en las zonas periféricas, y en especial allí donde había existido cierta integración social a través de la creación de sectores medios significativos. El fascismo busca saldar estas frustraciones y descontentos en modalidades de proyección hacia estos grupos (migrantes, beneficiarios de planes sociales, miembros de distintas minorías culturales o de identidad sexual, pueblos originarios), sea que ya estuvieran negativizados previamente o que se encuentren en proceso de serlo. Precisamente porque resulta más sencillo y fácil agredir a determinadas minorías —por lo general con escasa capacidad de confrontar con estas políticas de hostigamiento— que a los verdaderos responsables de la situación, quienes cuentan con el apoyo de la maquinaria militar estatal y también de crecientes ejércitos de mercenarios estructurados como agencias de “seguridad privada”. Estos modos de estigmatización y hostigamiento suelen ir de la mano, también, con un cuestionamiento a las formas más igualitarias de democracia desde un comunitarismo excluyente y la denuncia de la corrupción de las instituciones como expresión de la decadencia del espíritu nacional. La “tierra y la sangre” tienden a reemplazar en los imaginarios colectivos a los “universos de derechos” conquistados durante el siglo XX. Al concebir las identidades desde esta remisión a sentimientos organizados en torno al origen, la tierra y la nacionalidad, las diferencias económicas producto de la dominación de clase se reconfiguran en diferencias esenciales derivadas de la cultura, del lugar de nacimiento, de la religión o de este conjunto de elementos entreverados[9].  

Esta tendencia, de dimensión global, se ha manifestado con mucha fuerza en nuestro país. Algunos hechos recientes nos permiten evidenciar la avanzada fascista contra el movimiento popular: 

  1. i) El ataque desplegado 13 de octubre de 2025 por Frentes de Seguridad y paramilitares –con la complacencia del Ejército Nacional, la Policía y las autoridades civiles del departamento de Santander y los municipios del Socorro, Palmas del Socorro, San Gil y Confines– contra manifestantes, defensores/as de derechos humanos y el equipo de prensa del Equipo Jurídico Pueblos, que incluyó actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes y violencias basadas en género[10]; 
  2. ii) La estigmatización, el perfilamiento y los ataques sistemáticos contra activistas estudiantiles, así como contra la dirigencia y las bases de la organización sindical SINTRAUNAL en la Universidad Nacional de Colombia, promovidos por sectores de estudiantes, docentes y veteranos de la Fuerza Pública que han consolidado una narrativa antisindical y de criminalización del movimiento popular[11];

iii) La estigmatización, el perfilamiento y el hostigamiento continuado en redes sociales contra organizaciones y liderazgos sociales de la región del Catatumbo, sumados a ataques con drones contra sus viviendas[12];

  1. iv) La implementación de un protocolo orientado a la represión de acciones de movilización y protesta social[13]; y
  2. v) La instalación y masificación de narrativas de odio contra la izquierda —categoría en la que se engloba a los procesos organizativos que persisten en sus demandas de transformación social—, acompañadas de llamados explícitos a hostigar, atacar y «destripar», sustentados en discursos xenófobos, aporofóbicos, misóginos y antiderechos.

Estos casos (pocos dentro de una lista más amplia) no deben comprenderse desde la lejanía, son el resultado de un proceso de fascistización continuado, y además, son la respuesta violenta y concertada contras proyectos organizados del pueblo que de antemano han propuesto ejercicios de poder popular y resistencia contra el saqueo y el paramilitarismo. Así que, un campo sin campesinos, una universidad pública sin movimiento estudiantil, una fábrica o institución pública sin sindicatos críticos, una sociedad sin la legítima resistencia organizada, los barrios sin proyectos alternativos de comunicación, una comunidad resquebrajada y sin redes de solidaridad, es garantizar que un programa de intervención política y militar impuesto por EEUU tenga todas las posibilidades materiales de concretarse en nuestro país. 

Ahora bien, en cuestión de política carcelaria ¿que ha sucedido y que se proyecta? La respuesta corta es: el punitivismo violento no fue solo una promesa de campaña, es una realidad.  

En la labor de seguimiento a la situación carcelaria nacional, el Equipo Jurídico Pueblos ha podido constatar directamente de las personas privadas de la libertad que hay una tendencia a la represión y a la implementación de medidas en contra de la dignidad humana. Por ejemplo, el uso obligatorio de “chanchon” (uniforme confeccionado con tela pesada) en cárceles donde las temperaturas superan los 35 °C; el retiro de ventiladores necesarios para mitigar las altas temperaturas en celdas, como ocurrió recientemente en la cárcel La Tramacúa de Valledupar; el traslado injustificado de privados de la libertad que ejercen labores de protección y promoción de DDHH; el reperfilamiento (de baja seguridad a alta seguridad) de presos/as políticos/as que llevan varios años condenados; la restricción o limitaciones en los ingresos de organizaciones de DDHH que hacen verificación de la situación carcelaria e impulsan procesos de formación educativa; el punitivismo mediático y la simbología del terror, el uso de las redes sociales y los medios de comunicación para propagar el discurso de la “mano dura” contra los “narcoterroristas” y la “criminalidad organizada”. 

 

[1] Partimos de la siguiente premisa: lo que sucede al interior de los establecimientos carcelarios no es una crisis, ni mucho menos situaciones coyunturales que desbordan la respuesta institucional; la violación sistemática de DDHH en los establecimientos de reclusión no son hechos espontáneos, es la manifestación clara de que las cárceles en Colombia se han concebido como centros de tortura y castigo cuyo objetivo dista por mucho del supuesto enfoque “resocializador”

[2] El ECI fue decretado por primera vez en 1998 mediante la Sentencia T-153 de la Corte Constitucional, y su fundamento encuentra asidero en la violación masiva, generalizada y continua de derechos fundamentales al interior de las prisiones.

[3] Según algunas estimaciones del Colectivo José Alvear Restrepo, durante los dos primeros años de gobierno de Uribe, más de 5500 personas fueron llevadas a prisión.

[4] Fragmento tomado de la entrevista realizada a Martha Lucía Zamora en la W Radio. 28 de junio de 2022.

[5] https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=258136

[6] Así se fraguó el acuerdo Trump-Delcy de apropiación del crudo venezolano,

https://www.opendemocracy.net/es/venezuela-eeuu-petroleo-delcy-rodriguez-donald-trump-betancourt-maduro/

[7] Marco Rubio y Abelardo de la Espriella firmarían acuerdo para la explotación de tierras raras en Colombia: cuáles y qué tan valiosas son,

https://www.infobae.com/colombia/2026/09/08/marco-rubio-y-abelardo-de-la-espriella-firmarian-acuerdo-para-la-explotacion-de-tierras-raras-en-colombia-cuales-son-y-que-tan-valiosas/

[8] Pax Sílica: la apuesta de Estados Unidos por cadenas de suministro seguras en la era de la IA

https://www.semana.com/opinion/articulo/pax-silica-la-apuesta-de-estados-unidos-por-cadenas-de-suministro-seguras-en-la-era-de-la-ia/202616/

[9] La construcción del enano fascista, los usos del odio como estrategia política en Argentina https://www.ensartaos.com.ve/wp-content/uploads/2024/10/La-construccion-del-enano-fascista-los-usos-del-odio-como-estrategia-politica-en-Argentina-Daniel-Feierstein.pdf

[10] https://equipojuridicopueblos.org/atencion-ataque-de-rasgo-fascista-contra-el-equipo-juridico-pueblos/

[11] https://www.colombiainforma.info/trabajadores-denuncian-escalada-de-amenazas-y-estigmatizacion-en-la-universidad-nacional/

[12] https://equipojuridicopueblos.org/denuncia-publica-continua-campana-de-hostigamiento-en-redes-sociales-contra-dirigencia-campesina-del-catatumbo/

[13]
https://elpais.com/america-colombia/2026-09-16/de-la-espriella-contra-el-movimiento-estudiantil-el-temor-se-instala-en-las-universidades-publicas.html

 

Equipo Jurídico Pueblos

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